Corte avala acuerdo para que ciertos titulares de TPS reciban la “green card”.

Crédito foto uscis.gov
Una corte de distrito del Distrito de Columbia avaló un acuerdo judicial que permitirá a ciertos indocumentados titulares del Estatus de Protección Temporal que tienen una orden de deportación final y no son una prioridad de deportación, reabrir sus casos, solicitar que se desestime el procedimiento de expulsión y ajustar sus estatus migratorios a residencia permanente.
El acuerdo fue alcanzado tras una demanda interpuesta por el Centro de Recursos Centroamericanos (CARECEN) en contra de la directora de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), Ur Jaddou, y el secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), Alejandro Mayorkas.
La corte dijo que ambas partes en el proceso “creen que la liquidación de la acción legal es en el mejor interés y sirve mejor a los intereses del público”. Por lo tanto, estipulan que el acuerdo constituye la resolución total y completa de las cuestiones planteadas por CARECER en la demanda.
Qué dice el acuerdo
El acuerdo anunciado el martes, señala que, hasta el 19 de enero de 2025, “a menos que un individuo sea una prioridad de deportación”, la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) ejercerá su discreción procesal para “reabrir un caso y desestimar los procedimientos de deportación de un individuo”.
El acuerdo estipula una serie de requisitos que se deben cumplir para calificar:
- Que sea titular de un TPS;
- Tiene una orden de remoción emitida por la Corte de Inmigración o una agencia de inmigración;
- Ha viajado fuera de Estados Unidos con permiso anticipado desde que se emitió la orden de deportación; y
- Es elegible para presentar una solicitud de ajuste de estatus ante la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).
- También incluye, entre otros, aquellos con un Formulario I-130 pendiente o aprobado presentado por un familiar inmediato que cumple con el estatus de “inspeccionado, admitido o en libertad condicional”.
Busque ayuda legal
“El acuerdo beneficia a todos aquellos titulares que fueron excluidos de la decisión de la Corte Suprema del año pasado, cuando los magistrados dictaminaron de forma unánime que las personas que ingresaron al país ilegalmente y tienen un estatus de protección especial, no son elegibles para pedir la residencia bajo esa designación”, explicó Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California.
